Condena a BBVA por cláusulas abusivas en una hipoteca: la justicia protege al consumidor bancario
Una sentencia ejemplar obliga al banco a devolver todas las cantidades cobradas indebidamente por aplicar cláusula suelo, gastos hipotecarios, intereses de demora y comisiones abusivas.
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº4 de San Fernando (Cádiz) ha dictado una sentencia contundente en favor de los consumidores, declarando nulas cuatro cláusulas abusivas en un contrato hipotecario del BBVA. Esta resolución, recogida en la sentencia 236/2025, de 7 de junio, es una muestra más del respaldo judicial a los derechos de los clientes bancarios y pone el foco en prácticas contractuales que vulneran la normativa sobre condiciones generales de la contratación.
El fallo obliga a BBVA a devolver a sus clientes las cantidades indebidamente cobradas por cláusulas que afectan directamente a los costes y condiciones del préstamo hipotecario. El caso fue presentado por los afectados, F.J. y M.A., representados por su abogado, solicitando la nulidad de:
- La cláusula suelo (limitación del tipo de interés variable).
- Los gastos hipotecarios impuestos al prestatario.
- La cláusula de intereses de demora
- Y la comisión por posiciones deudoras vencidas.
La entidad bancaria se opuso alegando prescripción de la acción restitutoria, sin embargo, el juzgado rechazó dicho argumento, afirmando que no se había probado que los consumidores conocieran la abusividad de las cláusulas con cinco años de antelación.
¿Qué implica esta sentencia para los consumidores?
Desde Terrer y García Abogados, despacho especializado en derecho bancario, consideramos esta sentencia especialmente relevante por varios motivos:
- Reafirma la protección del consumidor frente a contratos que imponen condiciones desequilibradas.
- Declara expresamente la nulidad de cláusulas ya señaladas como abusivas por el Tribunal Supremo y el TJUE.
- Obliga a restituir todas las cantidades indebidamente cobradas, incluyendo intereses legales y costas judiciales.
La devolución incluye:
- 427,48 euros por gastos de constitución del préstamo (notaría, gestoría, registro, tasación).
- Cantidades asociadas a la cláusula suelo que impedían la bajada del interés en época de tipos negativos.
- Intereses de demora excesivos por impagos puntuales.
- Comisiones por reclamaciones de deuda sin justificación.
¿Qué puede hacer un afectado por estas cláusulas?
Si usted firmó una hipoteca en los últimos años y sospecha que su contrato contiene alguna de estas condiciones, es posible reclamar. En Terrer y García Abogados analizamos su escritura de préstamo de forma gratuita y sin compromiso para determinar la viabilidad de su reclamación.
Valor jurídico añadido
La sentencia no solo declara la nulidad, sino que también impone a BBVA el pago de las costas judiciales, una medida que refuerza el principio de que el consumidor no debe asumir el coste de defender sus derechos ante abusos contractuales.
Además, la resolución se alinea con una amplia jurisprudencia consolidada tanto del Tribunal Supremo como del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que ha venido reiterando que cualquier cláusula no negociada individualmente y que cause un desequilibrio importante en perjuicio del consumidor puede ser considerada abusiva.
¿Tiene dudas sobre su contrato hipotecario?
En nuestro despacho defendemos los intereses de los consumidores bancarios. Le ayudamos a:
- Detectar cláusulas abusivas en su hipoteca.
- Reclamar las cantidades indebidamente pagadas.
- Negociar con el banco o acudir a los tribunales si es necesario.
Si desea más información o necesita revisar su contrato hipotecario, no dude en contactar con nuestro equipo. Estaremos encantados de ayudarle a defender sus derechos con rigor y eficacia.
Terrer y García Abogados. Dirección: Av. Juan Carlos I, 38, bajo, 30800 Lorca, Murcia.
Teléfono: 968 44 24 22/ 636 049 017.
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