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Principales conclusiones de la nueva Ley Orgánica para la protección de menores en entornos digitales

Desde el Despacho de Abogados Terrer y García en Lorca, consideramos que la aprobación del Anteproyecto de Ley Orgánica para la protección de las personas menores de edad en los entornos digitales es un paso crucial y necesario en la dirección correcta.

La creciente digitalización de nuestras vidas ha abierto nuevas oportunidades para el aprendizaje y el desarrollo de los menores, pero también ha introducido riesgos significativos que deben ser gestionados de manera efectiva.

La legislación propuesta aborda estas preocupaciones de manera integral, estableciendo medidas claras para proteger los derechos de los menores, tales como la intimidad, el honor y la propia imagen, así como la protección de sus datos personales.

Principales conclusiones de la nueva Ley Orgánica para la protección de menores en entornos digitales

  1. Protección Integral de Derechos Digitales

– Garantiza los derechos de intimidad, honor, propia imagen y protección de datos personales de los menores.

– Asegura el acceso a contenidos adecuados para su edad.

 

  1. Medidas Educativas y de Sensibilización

– Obliga a los poderes públicos a desarrollar una Estrategia Nacional sobre la protección infantil en entornos digitales.

– Impulsa campañas de sensibilización sobre los riesgos digitales y los derechos de los menores.

– Fomenta la educación en ciudadanía digital, privacidad y propiedad intelectual.

 

  1. Obligaciones para Empresas Tecnológicas

– Exige que los dispositivos digitales cuenten con sistemas de control parental activados por defecto.

– Prohíbe el acceso de menores a mecanismos aleatorios de recompensa en videojuegos y plataformas.

– Obliga a plataformas de intercambio de vídeos a establecer enlaces a canales de denuncia y a los influencers a avisar de contenidos perjudiciales.

 

  1. Medidas de Salud y Educación

– Fomenta la detección precoz y la atención especializada a menores con patologías derivadas del uso inadecuado de dispositivos.

– Promueve planes de formación específica para educadores en el ámbito digital.

 

  1. Actualización del Código Penal

– Tipifica como delitos la difusión de deepfakes pornográficos y el grooming (engaño online a menores).

– Refuerza la tipificación de la difusión de material pornográfico a menores.

– Eleva de 14 a 16 años la edad mínima para el consentimiento del tratamiento de datos personales.

 

  1. Colaboración Interinstitucional

– En la elaboración de la ley han participado múltiples ministerios: Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes; Juventud e Infancia; Derechos Sociales y Agenda 2030; y Transformación Digital y Función Pública.

 

Aspectos Positivos de la Nueva Legislación

  1. Protección Integral: La normativa contempla una protección amplia que incluye no solo el ámbito digital, sino también sanitario y educativo, garantizando un enfoque holístico.
  2. Obligaciones Claras para Empresas Tecnológicas: Al imponer obligaciones específicas a los fabricantes y operadores del sector tecnológico, se asegura que los dispositivos digitales cuenten con sistemas de control parental y etiquetado informativo, lo cual es esencial para la seguridad de los menores.
  3. Actualización del Marco Legal: Adaptar el Código Penal para incluir nuevos delitos digitales, como los deepfakes pornográficos y el grooming, refleja una respuesta proactiva a las amenazas emergentes.
Consideraciones Críticas

No obstante, en Terrer y García Abogados creemos que la efectividad de esta ley dependerá en gran medida de su implementación y de la colaboración entre las instituciones públicas, las empresas tecnológicas y la sociedad civil. Será crucial que las campañas de sensibilización y educación se realicen de manera efectiva para que tanto los menores como sus familias sean plenamente conscientes de los riesgos y las medidas de protección disponibles.

Además, la vigilancia y sanción de las vulneraciones de derechos en el entorno digital deben ser robustas y eficaces. La ley debe ser aplicada con rigor para garantizar que los responsables de explotar las vulnerabilidades de los menores sean adecuadamente sancionados.

 

 

Para más información o asesoramiento legal personalizado, no dude en ponerse en contacto con Terrer y García Abogados, especialistas en derecho civil.

Dirección: Av. Juan Carlos I, 38, bajo, 30800 Lorca, Murcia
Teléfono: 968 44 24 22/ 636 049 017. Email: info@terrerygarcia.com | mateo@terrerygarcia.com
Colegiado nº: a 243 LORCA

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