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«Equidad en las pensiones: trabajo a tiempo parcial equiparado al tiempo completo»

Una reforma que promete cerrar la brecha de género en las pensiones y brindar mayor seguridad financiera a trabajadores a tiempo parcial.

A partir del 1 de octubre, el trabajo a tiempo parcial se considerará equiparable al tiempo completo en lo que respecta al cómputo de los períodos de cotización esenciales para las pensiones de jubilación, incapacidad permanente, por fallecimiento y supervivencia, incapacidad temporal, nacimiento y cuidado de menores.

Este cambio, implementado mediante un Real Decreto-ley en marzo de 2023, modifica el artículo 247 de la Ley General de Seguridad Social de 2015, buscando corregir una desigualdad de género que afecta especialmente a las mujeres.

Con esta reforma, cada día trabajado en un contrato a tiempo parcial se contabilizará como un día completo para el cálculo de las cotizaciones de la Seguridad Social. Esto significa que, por ejemplo, si una persona ha trabajado durante 10 años con una jornada laboral al 60%, se considerarán como 10 años completos, en lugar de los 6 años que se contaban anteriormente. Esta medida no distingue entre sectores de actividad y se aplica a todos los trabajadores con contratos a tiempo parcial.

Esta modificación, que el Gobierno estimó beneficiaría a 2,5 millones de personas cuando se aprobó en marzo, tendrá un impacto significativo en las mujeres, que constituyen el 67,38% de los afiliados con contratos parciales. Las empleadas del hogar, en particular, sentirán este cambio, ya que el 95,48% de las afiliaciones en el Sistema Especial de Empleadas del Hogar son mujeres.

El objetivo es mejorar el acceso a las pensiones de jubilación, en especial para las mujeres, y reducir la brecha de género tanto en la vida laboral como en las pensiones.

Esta reforma también beneficiará a los trabajadores fijos discontinuos, que se equipararán a los trabajadores a tiempo parcial en lo que respecta a la base reguladora diaria de la prestación por incapacidad temporal.

Además, esta medida opera con retroactividad, afectando a los periodos trabajados a tiempo parcial tanto antes como después del 1 de octubre de 2023, aunque no tendrá un impacto retroactivo en las pensiones ya causadas antes de esa fecha. Además de las pensiones de jubilación, esta modificación tendrá efectos en diversas prestaciones, incluyendo la incapacidad permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal y el nacimiento y cuidado de menores.

A continuación, en Terrer y García Abogados, destacamos los aspectos más importantes sobre la modificación en la Ley de Seguridad Social:

  • A partir del 1 de octubre de 2023, el trabajo a tiempo parcial se considera igual al tiempo completo en el cálculo de los períodos de cotización para pensiones.
  • Cada día trabajado a tiempo parcial se contabiliza como un día completo, lo que beneficia a trabajadores a tiempo parcial y fijos discontinuos.
  • La reforma tiene un impacto positivo en las mujeres, que constituyen una parte significativa de los trabajadores a tiempo parcial.
  • También beneficia a los empleados del hogar, que realizan tareas de limpieza, cocina y cuidado de personas, entre otras funciones.
  • La modificación es retroactiva para periodos trabajados a tiempo parcial antes y después del 1 de octubre de 2023.
  • No afecta a las pensiones ya otorgadas antes de esa fecha.
  • Además de las pensiones de jubilación, esta reforma también afecta a otras prestaciones, como la incapacidad permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal, nacimiento y cuidado de menores.
  • El objetivo principal es promover la igualdad de género en las pensiones y brindar mayor seguridad financiera a los trabajadores a tiempo parcial.

En resumen:

A partir del 1 de octubre, se ha implementado una reforma en la Ley de Seguridad Social que equipara el trabajo a tiempo parcial al tiempo completo en el cálculo de los períodos de cotización para diversas prestaciones, incluyendo las pensiones de jubilación.

La reforma, aplicable a todos los sectores, busca abordar la desigualdad de género que afecta principalmente a las mujeres, que representan una gran proporción de los trabajadores a tiempo parcial. El cambio permite que cada día trabajado a tiempo parcial se cuente como un día completo para el cálculo de cotizaciones.

Esta modificación beneficia tanto a las personas con contratos a tiempo parcial como a los trabajadores fijos discontinuos y opera con retroactividad para los periodos trabajados a tiempo parcial antes y después del 1 de octubre de 2023. Sin embargo, no afecta retroactivamente a las pensiones ya causadas. antes de esa fecha.

Además de las pensiones de jubilación, esta reforma también afecta a otras prestaciones, como la incapacidad permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal, nacimiento y cuidado de menores. El objetivo es mejorar la igualdad de género en las pensiones y facilitar el acceso a estas prestaciones para quienes trabajan a tiempo parcial.

En Terrer y García Abogados, estamos comprometidos con la defensa de los derechos e intereses de nuestros clientes ante los tribunales. Por eso, contamos con un equipo de profesionales cualificados y experimentados que le ofrecerán un asesoramiento legal personalizado y de calidad.

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