Qué hacer y cómo actuar ante un golpe por detrás en la carretera

El alcance trasero es uno de los accidentes más frecuentes y puede implicar tanto daños materiales como lesiones personales.

Desde Terrer y García Abogados, especialistas en accidentes de tráfico en Lorca, te explicamos cómo gestionar estas situaciones y reclamar tus derechos, siguiendo la normativa vigente y las mejores prácticas legales.

¿Qué es un accidente por alcance?

Un accidente por alcance es una colisión en la que un vehículo impacta en la parte trasera de otro. Este tipo de accidente es común en situaciones de tráfico denso, frenazos repentinos, o cuando no se respeta la distancia mínima de seguridad entre vehículos.

Según el Reglamento General de Circulación, el conductor debe mantener una distancia suficiente para evitar choques, pero existen excepciones, como frenadas injustificadas o maniobras indebidas del vehículo delantero, que podrían eximir de culpa al conductor del vehículo trasero.

¿Qué ocurre en un golpe por detrás?

Los accidentes por alcance se producen cuando un vehículo impacta contra otro desde atrás. Según el Reglamento General de Circulación, la falta de distancia de seguridad suele atribuir la responsabilidad al conductor que golpea. No obstante, hay casos donde esto puede variar, por lo que el análisis jurídico es clave.

¿Cuál es la distancia de seguridad según la ley española?

La ley española establece que los conductores deben mantener una distancia mínima de seguridad que les permita frenar sin colisionar con el vehículo que les precede. Según el Artículo 53 del Reglamento General de Circulación, esta distancia debe ajustarse a la velocidad, condiciones del tráfico, visibilidad y el estado de la vía.

La falta de respeto a esta distancia suele ser la causa principal de accidentes por alcance, y su incumplimiento conlleva sanciones administrativas y responsabilidades civiles o penales en caso de siniestros.

Como referencia práctica, se utiliza la regla del «doble del número de la velocidad». Por ejemplo, a 50 km/h, la distancia debería ser al menos 100 metros. También se recomienda aplicar la regla de los dos segundos, dejando este tiempo entre vehículos.

¿Siempre es culpable el vehículo que impacta por detrás?

No, el vehículo que impacta por detrás no siempre es culpable. Aunque en la mayoría de los casos la responsabilidad recae sobre él debido a la obligación de mantener la distancia de seguridad (Artículo 53 del Reglamento General de Circulación), existen excepciones.

Por ejemplo:

  • Si el vehículo delantero realiza una frenada de emergencia injustificada.
  • Si realiza una maniobra indebida, como marcha atrás.
  • Si el vehículo delantero incumple normas como ignorar un STOP o circular en dirección prohibida.

Cada caso debe evaluarse según las circunstancias específicas y las pruebas disponibles.

¿Qué derechos puedes reclamar?

La víctima de un golpe por detrás tiene derecho a una indemnización por daños personales y materiales bajo la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor. Esto incluye:

  • Reparaciones del vehículo.
  • Gastos médicos.
  • Compensación por días de baja y perjuicios económicos.

Pasos esenciales tras un alcance

1️⃣ Mantén la seguridad: Señaliza la zona y utiliza el chaleco reflectante.
2️⃣ Recoge pruebas: Fotografía los daños y el lugar del accidente.
3️⃣ Parte amistoso o denuncia: Completa el parte y, si hay discrepancias, llama a las autoridades.
4️⃣ Consulta médica y jurídica: Es esencial para documentar lesiones y gestionar la reclamación.

La experiencia de Terrer y García Abogados

En nuestro despacho, trabajamos para que las víctimas de accidentes obtengan la indemnización justa. Sabemos que cada caso es único, y nuestra experiencia nos permite afrontar cualquier reclamación con garantía de éxito.

Para más información o asesoramiento legal personalizado, no dude en ponerse en contacto con Terrer y García Abogados.

Dirección: Av. Juan Carlos I, 38, bajo, 30800 Lorca, Murcia
Teléfono: 968 44 24 22/ 636 049 017.

Email: info@terrerygarcia.com | mateo@terrerygarcia.com
Colegiado nº: a 243 LORCA

 

0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.