,

Conducir en verano: ¿Qué dice la ley sobre el uso de chanclas, crocs o conducir sin camiseta?

El Reglamento de Circulación no lo prohíbe expresamente, pero puede conllevar sanciones si afecta a la seguridad vial.

¿Está permitido conducir con sandalias y sin camiseta?

Con la llegada del verano, aumentan las dudas sobre si se puede conducir con chanclas, crocs o incluso sin camiseta. Aunque el Reglamento General de Circulación no prohíbe de forma explícita estas prácticas, sí establece la obligación de que el conductor mantenga en todo momento la libertad de movimientos y el control sobre el vehículo. Por ello, utilizar un calzado inadecuado o circular sin camiseta puede derivar en sanciones económicas.

En Terrer y García Abogados, especialistas en derecho civil y de tráfico, analizamos las consecuencias legales y de seguridad de estas conductas tan habituales en los meses de calor.

 

¿Se puede conducir con chanclas o crocs?

La normativa no prohíbe expresamente conducir con este tipo de calzado. Sin embargo, el artículo 18 del Reglamento General de Circulación permite sancionar con multas de hasta 80 euros a quienes utilicen un calzado que limite la movilidad o ponga en riesgo la seguridad vial.

Las chanclas o crocs, al no sujetar correctamente el pie, pueden soltarse, engancharse en los pedales o reducir la precisión al frenar, aumentando el riesgo de accidente.

 

¿Y conducir sin camiseta?

Algo parecido ocurre con conducir sin camiseta. No existe una prohibición literal en el reglamento, pero los artículos 3.1 y 17 del RGC establecen que el conductor debe mantener la atención, diligencia y control total sobre el vehículo. Circular sin camiseta puede interpretarse como conducción negligente y derivar en sanciones de entre 80 y 200 euros, especialmente si la vestimenta, o su ausencia, afecta a la seguridad.

En el caso de los motoristas, la normativa es aún más clara: es obligatorio el uso de prendas que garanticen la protección del conductor. Circular en moto sin camiseta supone un alto riesgo para la integridad física y es sancionable.

 

Recomendaciones de seguridad al volante

Para evitar sanciones y, sobre todo, reducir riesgos, los expertos recomiendan:

  • Utilizar un calzado cerrado, ligero, transpirable y con buena sujeción.
  • Evitar chanclas, crocs, zapatos de tacón o botas pesadas con protecciones rígidas.
  • Vestir ropa adecuada que permita libertad de movimientos y garantice la seguridad.
  • Hidratarse antes y durante el viaje y usar protección solar en desplazamientos largos.

 

La visión de Terrer y García Abogados

En la práctica, la normativa da a los agentes de tráfico la facultad de interpretar si el calzado o la vestimenta del conductor comprometen la seguridad. Esto significa que, aunque no exista una prohibición expresa, sí es posible recibir una multa si se considera que el atuendo afecta a la conducción.

En Terrer y García Abogados recordamos que, además de la multa, estas prácticas pueden incrementar la responsabilidad en caso de accidente, lo que podría complicar cualquier reclamación posterior. Nuestro consejo es claro: utilice siempre ropa y calzado adecuados para conducir, independientemente de la duración del trayecto.

En Terrer y García Abogados  analizamos cada situación de manera personalizada, defendiendo siempre sus intereses y buscando la mejor estrategia para evitar gastos innecesarios.

Dirección: Av. Juan Carlos I, 38, bajo, 30800 Lorca, Murcia.
Teléfono: 968 44 24 22/ 636 049 017.

Email: info@terrerygarcia.com | mateo@terrerygarcia.com
Colegiado nº: a 243 LORCA

 

 

0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.