¿Qué es un testamento solidario?

Se trata de incluir una causa solidaria en su testamento, ya sea designando a una o varias ONG como herederas de todos sus bienes o dejando un parte con un legado concreto.

¿Cómo se hace un testamento solidario?

El testamento solidario es una manera muy especial y personal de colaborar con una ONG.

Piense qué le gustaría dejar. Cualquier aportación tendrá un impacto positivo en la vida de las personas.

Considere el asesoramiento legal :

Pida ayuda a un abogado especializado en derecho sucesorio. En Terrer y García Abogados redactamos su testamento solidario para que cumpla con todas las formalidades legales y respete los derechos de sus herederos forzosos.

Es el método más seguro y sencillo para que su voluntad sea legalmente válida y se eviten errores. El último requisito es acudir a una notaría para formalizarlo en una escritura pública ante notario.

¿Qué puede dejar en herencia?

Puede dejar a una organización benéfica como heredera de un porcentaje de su patrimonio, una cantidad específica de dinero, bienes inmuebles (casas, pisos, fincas), bienes muebles (joyas, obras de arte, automóviles) y activos financieros (acciones, fondos de inversión).

Lo importante es que se respeten los derechos de los herederos forzosos y que la ONG sea designada como beneficiaria del legado.

Tipos de legados que puede hacer:

  • Un porcentaje de su patrimonio: dejar a la ONG un porcentaje del valor total de sus bienes.
  • Una cantidad fija de dinero: especificar una suma concreta de dinero que desea donar.
  • Bienes inmuebles: Legar una vivienda, un local o una finca a la organización.
  • Bienes muebles y de valor: Se puede dejar como legado un cuadro, una joya, una obra de arte o un mueble.
  • Activos financieros: Acciones, fondos de inversión y dinero en cuentas bancarias pueden ser legados.
  • Herencia universal: Si no tiene herederos forzosos, una ONG puede ser su heredera universal, es decir, podría recibir todo su patrimonio.

 

Aspectos importantes a tener en cuenta:

  • Legítima de los herederos forzosos:

La ley española protege a los herederos forzosos (hijos, padres, etc.), por lo que solo se puede disponer libremente de la parte de la herencia que no les corresponde.

  • Designación del beneficiario:

Asegúrese de que la ONG u organización benéfica esté claramente designada en el testamento como beneficiaria del legado o herencia.

  • Asesoramiento legal:

Dado que la legislación y los impuestos de sucesiones pueden variar según la comunidad autónoma, es aconsejable consultar a un profesional para asegurarse de que el testamento cumpla con todos los requisitos legales.

Terrer y García Abogados

Dirección: Av. Juan Carlos I, 38, bajo, 30800 Lorca, Murcia.
Teléfono: 968 44 24 22/ 636 049 017.

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Colegiado nº: a 243 LORCA

 

 

 

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